ANSES: el FGS no podrá invertir en contratos de futuro ni en hipotecas
Con el decreto que impide dar préstamos personales a empleados y jubilados, también se derogaron dos alternativas de negocios financieros.
- “m” Contratos que se negocien en los mercados de futuros y opciones sujetos al contralor y supervisión oficial y en las condiciones y sectores que ésta establezca y reglamente, hasta el diez por ciento (10 %);”
- “n” Cédulas hipotecarias, letras hipotecarias y otros títulos valores que cuenten con garantía hipotecaria o cuyos servicios se hallen garantizados por participaciones en créditos con garantía hipotecaria, autorizados a la oferta pública por la Comisión Nacional de Valores, hasta el cuarenta por ciento (40 %)”.
- En un comunicado, ANSES advirtió que el FGS “no fue creado para funcionar como un fondo de crédito, sino para garantizar la sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y, por lo tanto, sus activos deben ser invertidos en instrumentos que garanticen la preservación de su valor”.
“También, destaca que el otorgamiento de financiamiento es una actividad que puede ser desempeñada de manera eficiente y competitiva por el sector privado, que cuenta con los recursos y la capacidad para ofrecer productos crediticios bajo la supervisión del Banco Central de la República Argentina, y que, de hecho, actualmente tanto instituciones financieras públicas como privadas poseen líneas de crédito activas dirigidas a jubilados y pensionados, lo que evidencia la capacidad del sistema financiero para atender esta demanda”, dice el organismo.