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Casa»DESTACADAS»Inocencia fiscal: cuáles son los montos a partir de los cuales ARCA denunciará por evasión a un contribuyente
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Inocencia fiscal: cuáles son los montos a partir de los cuales ARCA denunciará por evasión a un contribuyente

ROBERTO FUNESPor ROBERTO FUNESdiciembre 24, 2025No hay comentarios5 Minutos de Lectura
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El viernes se tratará el proyecto en el Senado y, de aprobarse, aumentará el monto a partir del cual el contribuyente encuadra en el Régimen Penal Tributario. Los reclamos por las multas automáticas

 

Además del presupuesto 2026 como señal para el mercado y una vía para canjear deuda, el viernes el oficialismo buscará que el Senado apruebe el proyecto de Inocencia Fiscal, con el que se pretende que los argentinos saquen los dólares que compraron en el mercado paralelo durante el cepo cambiario. La letra chica establece nuevos montos a partir de los cuales se encuadra la evasión tributaria.

La iniciativa del Gobierno, que el ministro Luis Caputo definió en su momento como fundamental para que la economía “continúe creciendo al ritmo del 6%”, establece modificaciones en el Régimen Penal Tributario, además de cambios en el Código Civil y Comercial y en el Régimen de Procedimiento Tributario, a los fines de darle seguridad jurídica a los contribuyentes de que no serán perseguidos por otra gestión.

“La evasión empieza a ser delito ahora a partir de $100 millones. La evasión simple se configura con un mínimo de $100 millones, pero, en rigor, no todo lo que supera ese importe es evasión, porque la evasión tiene dos conceptos: uno, que es la condición objetiva, que es superar el piso que impone la ley, y otra es la cuestión subjetiva, es decir, haber tenido, por fin, transgredir una obligación impositiva”, destacó el socio del Departamento de Impuestos de Lisicki, Litvin & Abelovich, Martín Caranta.

Mientras que el de evasión agravada pasará de $15.000.000 a $1.000.000.000; pero, en el caso de que hubieren intervenido personas humanas o jurídicas o entidades interpuestas, o se hubieren utilizado estructuras, negocios, patrimonios de afectación, instrumentos fiduciarios y/o jurisdicciones no cooperantes para ocultar la identidad o dificultar la identificación del verdadero sujeto obligado, el monto pasa de $2.000.000 a $ 200.000.000. Lo mismo en el caso de que el obligado hubiera utilizado fraudulentamente exenciones, desgravaciones, diferimientos, liberaciones, reducciones o cualquier otro tipo de beneficios fiscales.

En el caso de que hubiere mediado la utilización total o parcial de facturas o cualquier otro documento equivalente, ideológica o materialmente falsos, la evasión agravada sí supera los $100.000.000 (ahora es $1.500.000).

“El problema es que muchos de esos montos llevan años sin actualizarse y hoy se encuentran claramente desfasados respecto de la realidad económica. El proyecto de Inocencia Fiscal propone elevar de manera significativa los umbrales previstos en la Ley Penal Tributaria”, marcó la gerente de impuestos de Lisicki, Litvin & Abelovich, Noelia Girardi, quien remarcó que, desde el punto de vista técnico, no se eliminan delitos ni sanciones, conductas dolosas graves. “Conceptos que no dependen de montos, como la insolvencia fiscal fraudulenta o la alteración de registros, no sufren modificaciones”, agregó.

Los cambios también tuvieron el visto bueno del contador Marcos Felice, para quien eran actualizaciones que se necesitaban desde hace tiempo porque quedaron en montos irrisorios y cualquier contribuyente caía en evasión. “El único tema es que, con lo que se tardó en sacar la ley, ya los montos propuestos quedaron desfasados con la inflación del año, ya que el primer ajuste sería en enero de 2027”, marcó.

Ayuda para la Justicia

Para Caranta, en caso de que se apruebe el proyecto, también se tratará de una ayuda para el Poder Judicial, ya que la tendencia de los funcionarios a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) es denunciar y que sea el juez quien defina si hay evasión o no; y, con montos bajos -como los que están vigentes-, los tribunales estaban inundados de denuncias penales. “Además, perjudica al aparato judicial, que se lo paga con presupuesto. Que la justicia intervenga en causas con montos exiguos le sale caro a la economía argentina”, sostuvo.

A su vez, para Caranta, dará mayor tranquilidad al contribuyente el hecho de que aquellas causas que se encontraban en trámite o por ser impulsadas con la nueva ley van a dejar de ser delitos. Aunque remarcó que el nuevo piso que se establecería para encuadrar en una evasión es bajo en términos históricos: por lo general, se pretendía que la Justicia investigue por causas de USD 100.000 y ahora quedaría en torno a los 66.000 dólares.

El reclamo por las multas automáticas

No todo en el proyecto de Inocencia Fiscal es bueno para los tributaristas; desde hace días reclaman sobre los efectos negativos que tendrá la actualización de los montos de las multas automáticas, sobre todo en las pequeñas y medianas empresas (pymes).

“Los montos de incremento que tiene el proyecto son muy importantes. Por ejemplo, la multa del artículo 38, que hoy son de $200 -totalmente desactualizado- para personas humanas, pasa a $220.000 y para personas jurídicas, de $400 a $440.000”, comentó el CEO de SDC Asesores Tributarios, Sebastián Domínguez, antes del tratamiento en Diputados.

Se trata de multas que se aplican ante la falta de presentación en tiempo y forma de las declaraciones juradas. “Puede haber una pyme que se atrasa un día por problemas administrativos, porque faltan los empleados o una persona humana tamaño. Y tener una multa es bastante oneroso para este tipo de empresas pequeñas”, comentó Domínguez. Durante el tratamiento en la Cámara de Diputados, el peronismo presionaba para modificar el proyecto y que el monto de la multa dependa del tipo de contribuyente.

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